paz
Martes 21-Abr-09 | 906 Visitas | 3 Respuesta(s)
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es decir, lo que es obligatorio es un seguro de incendio, por la cantidad tsada, o bien por la cantidad concedida
y no te pueden obligar a que sea con una entidad en concreto
Leo tiene razón, pero el Banco en todo caso te puede denegar la hipoteca y punto. No tienen la obligación de concedertela. Y creo que una pequeña prima de más para poder tener la hipoteca, y según estan los tiempos, no es demasiado.
SEGURO DE INDENDIO OBLIGATORIO EN HIPOTECAS
artículo 30 del Real Decreto 685/1982.
Artículo 30. Seguros de daños.
1. Los bienes sobre los que se constituya la hipoteca deberán contar con un seguro contra daños adecuado a la naturaleza de los mismos, y en el que la suma asegurada coincida con el valor de tasación del bien asegurado excluidos los elementos no asegurables por naturaleza.
2. El tomador del seguro notificará al asegurador la existencia del crédito que grave el bien asegurado, y éste dará traslado de aquella notificación al acreedor.
3. En el caso de falta de pago de la prima por el tomador del seguro, el asegurador lo notificará al acreedor antes de que haya expirado el plazo de gracia del pago de la prima.
4. En caso de siniestro el tomador del seguro lo notificará al asegurador en los términos previstos en la póliza, y éste dará traslado de la notificación al acreedor.